Regularización de Extranjeros en España 2023

Buena noticia con la posible regularización de extranjeros en España 2023. Fuente de la información

Iniciativa Popular – Regularización de Extranjeros en España 2023

La Mesa del Congreso de los Diputados ha aprobado la Proposición de Ley de regularización extraordinaria de extranjeros en España, que fue presentada por Agustín Marie Ndour Ndong y otros colectivos publicada el 24-02-23 en el BOCD.

Aunque solo es una proposición de Ley mediante iniciativa popular que superó las 500.000 firmas, falta que cumpla el resto de las fases de tramitación parlamentaria para llegar a ser una realidad.

Según la exposición de motivos, se estima que el número de personas indocumentadas que residen en España oscila entre 390.000 y 470.000, de las cuales un tercio son menores de edad.

El actual marco de acceso a la residencia previsto en la Ley de Extranjería 4/2000 es inadecuado y limitado, y no da cabida a las necesidades actuales de los inmigrantes que residen y contribuyen al país.

Además, los criterios para obtener la residencia son excesivamente restrictivos y difíciles de cumplir.

El proceso administrativo es laborioso, burocrático y ofrece un grado considerable de discrecionalidad a la hora de conceder o renovar las autorizaciones.

Esto conduce a un ciclo de inseguridad y garantías inadecuadas que agrava aún más la exclusión social y tiene un impacto comprometedor en el conjunto de la sociedad.

Por lo tanto, hay que esforzarse por encontrar métodos que garanticen que estas personas puedan salir de un estado de invisibilidad y quedar a salvo de los peligros de su situación migratoria irregular.

¿Cuáles son las Razones que Justifican la Regularización de Extranjeros en España 2023?

En primer lugar, debido a sus derechos fundamentales, debe abordarse la irregularidad y la explotación, y estas personas deben ser visibles y estar protegidas por la ley.

Además, el acceso a servicios básicos como la educación y la atención sanitaria.

Además, su exclusión de los servicios públicos priva a la sociedad de su potencial contribución económica y fiscal debido a sus competencias esenciales.

La existencia de una economía sumergida reduce sustancialmente la capacidad de estos trabajadores para cotizar directamente a los impuestos, así como para cotizar por cuenta propia y ajena a la Seguridad Social.

Según una estimación de la Universidad Carlos III, regularizar la situación de estos trabajadores supondría que aportasen una cotización media neta superior a los 3.250 euros anuales por persona.

La presencia de aproximadamente 500.000 personas que no forman parte de la planificación institucional y de servicios públicos existente denota una deficiencia crítica en la gobernanza pública que debe abordarse urgentemente.

Esta cuestión se ha vuelto cada vez más pertinente en el actual clima de pandemia, ya que las comunidades de inmigrantes indocumentados han estado a la vanguardia de la prestación de servicios esenciales, como el cuidado de personas, entregas a domicilio y recogida de verduras.

En lugar de pagar un alto precio en forma de contagios y muertes, nuestra sociedad tiene una deuda de gratitud con uno de sus grupos más vulnerables.

La política migratoria no puede permanecer ajena a la realidad socioeconómica del país y de todos los individuos que lo forman y construyen diariamente.

A través de la regularización, podemos atender a toda la población migrante que reside en el país.

Al mismo tiempo, se disminuyen numerosas disparidades a las que se enfrentan garantizando los derechos laborales en condiciones de igualdad, reduciendo las situaciones de abuso y explotación.

Anteriormente España y otros países UE han efectuado regularización de extranjeros

De hecho, varios países miembros de la UE han llevado a cabo regularizaciones de personas extranjeras.

Concretamente 43 programas de regularizaciones en 17 países de nuestro entorno.

Algunas de las más recientes fueron las de Portugal e Italia en plena Pandemia.

Respecto a España, han sido varios los procesos de regularización anteriores, concretamente 6 procesos, cuatro realizados durante gobierno socialista y 2 por el partido popular.

Procesos de Regularización en España

1.-Regularización 1985/86. Disposición Transitoria Segunda y Tercera de la LOEX 7/1985. Con muy pocos regularizados.

2.-Resolución de 7 de junio de 1991, de la Subsecretaría, por la que se dispone la publicación del Acuerdo del Consejo de ministros de 7 de junio de 1991 sobre regularización de trabajadores extranjeros con 112.000 extranjeros regularizados.

3.-Regularización de 1996 Disposición Transitoria Tercera del RELOEX 155/1996 con 21.294 regularizados.

4.-Regularización del año 2000 Real Decreto 239/2000, de 18 de febrero, por el que se establece el procedimiento para la regularización de extranjeros prevista en la disposición transitoria primera de la LOEX 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social con 163.352 personas extranjeras regularizadas.

5.-Regularización del 2001 Disposición Transitoria cuarta de la LOEX 4/2000 en la versión operada por la LOEX 8/2000 con 239.174 personas regularizadas.

6.-Regularización 2005. Disposición Transitoria Tercera del RELOEX 2393/2004 (bajo la denominación de “Normalización”. Con aproximadamente 600.000 personas extrajeras regularizadas.

Punto 4 de la Disposición Adicional Primera del RELOEX 557/2011. (Actual Reglamento) y del cual, no se ha llevado a cabo proceso de regularización.

Propuesta sujeta a Leyes y coherente con los compromisos internacionales

El carácter no orgánico de la disposición transitoria primera de la Ley 4/2000 permite efectuar la modificación por iniciativa popular.

Esta iniciativa se ajusta plenamente a los preceptos legales de la Ley Orgánica 4/2000, ya que no existe ninguna estipulación que prohíba al Gobierno promulgar legislación que proporcione un marco para la regularización.

Además, dicha Ley Orgánica 4/2000 delimita claramente las materias que deben ser reguladas reglamentariamente.

El Gobierno, además, no sólo ejecutó la citada regularización de la disposición transitoria, sino que dio un segundo paso de regularización establecido en la disposición transitoria tercera del Real Decreto 2393/2004, que carecía de mandato legal.

Es de señalar que si se hubiera legislado alguna regularización, a falta de reglamento de rango orgánico u ordinario, entonces la iniciativa de ley actual es viable.

Es verdad que tradicionalmente los procesos de regularización extraordinaria han ocurrido coincidiendo con cambios normativos.

También, en época electoral, pero, no hace falta un cambio normativo para impulsar un proceso de regularización en cualquier momento.

Esta Proposición es respetuosa con los compromisos internacionales adquiridos por España tales como:

  • Agenda 2030 de Naciones Unidas
  • Pacto mundial para una migración segura, ordenada y regular
  • También, Pacto Europeo sobre Migraciones y Asilo. Ninguno prohíbe procesos de regularización.

La Disposición transitoria primera – Un volcán dormido que acaba de despertar

Esta Disposición transitoria primera ha permanecido en todas las modificaciones de la Ley Orgánica 4/2000.

Es un mecanismo que permite al gobierno (como en este caso ocurre) y a una iniciativa popular, activar un proceso de regularización.

Actualmente está redactado con el siguiente tenor:

“El Gobierno, mediante Real Decreto, establecerá el procedimiento para la regularización de los extranjeros que se encuentren en territorio español antes del día 1 de junio de 1999 y que acrediten haber solicitado en alguna ocasión permiso de residencia o trabajo o que lo hayan tenido en los tres últimos años”.

Desde mi punto de vista, aunque se haya puesto en marcha la maquinaria legislativa para impulsar la modificación y procurar como objetivo final la regularización.

Hay que tener presente que las fases legislativas no son cortas y quizás estemos hablando de varios meses para que dicha regularización sea efectuada.

Artículo único de la Propuesta de Ley – Regularización de Extranjeros en España 2023

Para Finalizar, el objeto de esta iniciativa popular busca la modificación de la disposición transitoria primera de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social.

Con la posible modificación el tenor de la redacción quedaría de la siguiente manera:

«Disposición transitoria primera. Regularización de extranjeros que se encuentren en España. El Gobierno, mediante Real Decreto, establecerá, en el plazo de 6 meses, un procedimiento para la regularización de los extranjeros que se encuentren en territorio español antes del día 1 de noviembre de 2021.»

Documentos que habitualmente son necesarios en un proceso de regularización

Frecuentemente se establece una fecha desde que el extranjero debe estar en España, en el caso de la posible regularización, dicha fecha es para aquellos extranjeros que entraron en España antes del 01-11-2021. Es decir, si usted ha llegado a España el 02-11-21 no podrá aplicar a esta regularización.

La solicitud debe ser efectuada personalmente por el interesado en la comisaría de policía nacional de su domicilio. Se debe aportar documentos de identificación, procedencia, nacionalidad, empadronamiento, circunstancias personales, no tener medida de prohibición de entrada ni expulsión sin ejecutar salvo casos de prescripción y contrato de trabajo.

En algunos casos se permite la regularización de extranjeros que antes hayan sido residentes legales pero que por algún motivo perdieron el permiso de residencia.

En algún proceso se ha permitido la regularización de familiares.

Siempre se establece una fecha limite para efectuar la solicitud.

Estos requisitos y situaciones son orientativas. Mi recomendación es esperar la aprobación de la Ley y en su caso, las instrucciones correspondientes para estar seguros de los requisitos concretos.

Recuerda que puedes programar tu consulta en este enlace

También, mediante el formulario de Contacto

8 comentarios en “Regularización de Extranjeros en España 2023”

  1. Y para los que lñegamos despues de diciembre de 2021? No hay forma de arreglar papeles con ese proceso de regularización de extranjeros?

    1. Gracias por contactar con este despacho de abogados de extranjería en Madrid, Lo mejor es esperar a que sea aprobada la norma.

      En casi todos los procesos de regularización en España colocan una fecha de referencia, dicha fecha, perjudica a cientos de extranjeros pero también beneficia al resto.

      No obstante, debe recordar que aparte del proceso de regularización de extranjeros 2023, siempre tendrá otras opciones de regularización, por ejemplo:

      Arraigo laboral, familiar, arraigo para la formación, arraigo social por cuenta ajena, por cuenta propia, con exceptuación de contrato. Estás sería las más habituales.
      Si quiere saber más al respecto, le invito a leer las siguientes entradas:
      https://www.extranjeria.abogado/arraigo-laboral/
      https://www.extranjeria.abogado/arraigo-social/
      https://www.extranjeria.abogado/arraigo-social-sin-contrato-de-trabajo/
      https://www.extranjeria.abogado/autorizacion-de-residencia-temporal-por-arraigo-familiar/
      https://www.extranjeria.abogado/nuevo-arraigo-para-la-formacion

      Pero, existen otras, aunque menos habituales, también son por circunstancias excepcionales y en definitiva permite la regularización de un extranjero en España.

      1. Buen día, yo entré en España el agosto de 2019 pero aún no estoy empadronado, mi pregunta es que si puedo regularizar mi situación si mi emñadronamiento no abarca esa fecha del 01-11-21? En caso de confirmarme esa posibilidad lo tendre presente como abogado de extranjeria en madrid para regularización de extranjeros

        1. Gracias por escribirnos, hay que esperar a la publicación de la norma y a la posible instrucción para saber con seguridad como puede afectar la ausencia de padrón o cualquier diferencia en el tiempo relacionada con el padrón y la fecha de referencia del proceso de regularización, como abogado de extranjería en Madrid, no puedo asegurarle su situación, es cuestión de esperar.

  2. Antecedente policial y regularización
    Buen día abogado, yo tengo antecedente policial pero no tengo antecedentes penales, ese antecedente policial me perjudica para entrar en el proceso de regularización?

    1. Buen día, gracias por comentar, pues en condiciones normales, los antecedentes policiales no son bien vistos en cualquier proceso de regularización, sea ordinario o extraordinario. Mi consejo es que si quiere estar preparada para el proceso de regularización en España, debe intentar cancelar los antecedentes policiales.

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